• Plazo general para cumplir los requisitos del Reglamento: hasta el 22 de mayo de 2018
  • Viviendas de uso turístico: tienen que comunicar el inicio de actividad a la Dirección General de Cultura y Turismo antes del 23 de noviembre de 2017.
  • Hostales: pueden solicitar su reconversión en hotel, en la categoría que corresponda, antes del 23 de marzo de 2018.
  • Albergues de peregrinos: deben comunicar su actividad a la Dirección General de Cultura y Turismo, teniendo un plazo de dos años para adaptar el establecimiento a los requisitos reglamentarios.

Si tienes cualquier duda sobre la aplicación del nuevo Reglamento, contacta con el Servicio de Turismo