El nuevo reglamento del sector del turismo en el que trabaja el Gobierno de La Rioja propone eliminar los hostales, ahora clasificados en dos y una estrellas, y dejarlos sin categorías, al igual que las pensiones, debido al «escaso valor» que aportan. Se considera que la clasificación de los hostales puede ser perjudicial para sus titulares al inducir a error a los usuarios, ya que estos pueden percibir que son de baja categoría por analogismo con la clasificación de los hoteles.
Así lo ha explicado el Director General de Cultura y Turismo, Eduardo Rodríguez Osés, al presentar (9 de febrero) el borrador del decreto del nuevo reglamento del sector del turismo de La Rioja, cuyo fin es «mejorar, modernizar e impulsar la oferta turística de esta comunidad y lograr que sea más competitivo y más transparente».
El borrador del nuevo reglamento también ha suprimido las especialidades hoteleras de «moteles» y «hoteles familiares», dado que la experiencia ha demostrado que «no han tenido ningún éxito en su implantación en La Rioja».
Ha incluido como una especialidad de los albergues a los «albergues de peregrinos«, mediante una regulación de qué tipo de usuarios pueden tener, su ubicación física, que debe ser exclusivamente en los municipios por los que transcurre el Camino de Santiago por La Rioja; y el sometimiento parcial a la normativa general sobre los albergues turísticos. La nueva normativa, que refunde en un único texto toda la legislación autonómica en este ámbito y que se prevé que se apruebe en 2016, excluye a los albergues de peregrinos gestionados por entidades sin ánimo de lucro o de titularidad pública, ya que se entiende como una actividad básicamente cultural y asistencial.
Apartamentos y viviendas de uso turístico
El nuevo reglamento, según este borrador, regulará los apartamentos y viviendas de uso turístico, dado que, ha señalado el director general, determinadas estructuras no dan una respuesta adecuada a lo que piden los usuarios. Ese tipo de apartamentos y viviendas de uso turístico, ha dicho, deben estar registrados, ofrecer datos de seguridad, pagar los impuestos correspondientes y no generar molestias a los vecinos de los inmuebles en los que están ubicados, entre otros requisitos.
El borrador, respecto a los campamentos de turismo, aclara la distinción entre estacionamiento y acampada en el caso de las autocaravanas, prohíbe la acampada libre de estas y declara ajenas a esta normativa las realizadas como consecuencia de labores agrícolas (temporeros) o por la asistencia a ferias y fiestas, entre otras.
Se ha incluido un capítulo dedicado a las empresas organizadoras de reuniones y congresos, que antes solo se mencionaban como un tipo de actividad turística complementaria y «cuya escasa regulación no correspondía a la importancia que tienen en el sector».
En este capítulo, ha dicho, se concretan las funciones propias de ese tipo de empresas, se les prohíbe ejercer funciones de las agencias de viajes y se aclara alguna cuestión relativa al contenido y coste de sus servicios.
Además, adaptará a la normativa europea los guías de turismo y los servicios prestados de intermediación turística; desarrollará la normativa a aplicar en el procedimiento de declaración de interés turístico de La Rioja a una fiesta, itinerario o ruta; y regulará las asociaciones turísticas.
Esta propuesta del nuevo reglamento responde al objetivo de «atender las necesidades y las demandas de profesionales y visitantes y contribuir, en definitiva, al crecimiento de este sector tan relevante en la economía de La Rioja».
Se inicia la tramitación de este decreto y su presentación a los Grupos Parlamentarios y a los distintos colectivos afectados, como representantes de hoteles, cámping, agencias de viajes, oficinas de información turística, albergues de peregrinos y ayuntamientos de las cabeceras de comarca.